Contra la Corrupción
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LUCHA EFECTIVA CONTRA LA CORRUPCION
ESTRATEGIA GLOBAL ANTICORRUPCIÓN I.- Establecimiento de una estrategia amplia anticorrupción
El establecimiento de una estrategia anticorrupción constituye el primer pilar básico, por cuanto el elemento anticorrupción debe convertirse en un eje transversal en el accionar de todo el Estado. II.- Creación de una Comisión Nacional interinstitucional de lucha contra la corrupción La creación de una Comisión Interinstitucional constituye un elemento indispensable para la implementación y monitoreo de la implementación de una estrategia anticorrupción. Una estrategia por si sola no garantiza la consecución de los objetivos, se requiere del compromiso y el accionar de todas las instituciones del Estado permitiendo la actuación del sector empresarial y la sociedad civil, creando conciencia en ésta para generar prácticas transparentes en la gestión y función pública.
La política anticorrupción debe ser dinámica, definiendo acciones y proponiendo soluciones a los problemas más cruciales, esta política se vuelve aplicable solo cuando es producto de las necesidades y del acuerdo interinstitucional. I. FORTALECIMIENTO DE LAS INSTITUCIONES ENCARGADAS DE LIDERAR LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA En seguimiento a las recomendaciones de la Reunión de Estados Partes de Managua y a las recomendaciones emanadas de la Reunión de Ministros de Justicias y Procuradores Generales de las Américas (REMJA), el Gobierno de Nicaragua unificó las Autoridades Centrales designando a la Procuraduría General de la República como Autoridad Central para la Convención Interamericana contra la corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción. Asimismo designó como representantes ante el grupo de Expertos del Mecanismo de Seguimiento e Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) a la Procuraduría General de la República y la Oficina de Ética Pública. Con el objeto de hacer más efectivos los procesos de denuncia, acusación y judicialización de los casos de corrupción pública se han creado y fortalecido Unidades Anticorrupción en el Ministerio Público, Procuraduría General de la República y Policía Nacional. Se continuó con el fortalecimiento de la “Oficina de Denuncia y Atención Ciudadana” que estará a cargo de la implementación de la Ley de Acceso a la información en la PGR.- OFICINA DE ETICA PÚBLICA El fortalecimiento de la Oficina de Ética Pública; es uno de los principales objetivos del actual gobierno. Como parte de este fortalecimiento se procedió a realizar un análisis técnico y organizativo, en coordinación con la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, una nueva estructura organizativa de esta institución y clasificación en base a las normas y diseño de estructuras organizativas, contenidas en el Título I Arto. 2 del Decreto No. 25-2006, Reglamento de la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencias y Procedimientos del Poder Ejecutivo. EVALUACIÓN PREVIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA En lo que corresponde a las evaluaciones realizadas para el análisis de riesgos, en el período comprendido entre enero y octubre, se evaluaron 8 Instituciones y 9 Programas a nivel de todos los servidores públicos del Poder Ejecutivo. Se destaca la incidencia que tuvo esta institución en los Ministerios e Instituciones del Poder Ejecutivo en el apego y cumplimiento al Decreto Nº14-2007 sobre Regulación Salarial de los Funcionarios Públicos de mayor Jerarquía, en el sentido de cumplir las medidas de austeridad, análisis jurídico de Contratos de consultores, entre otros. CAPACITACIÓN
En Capacitación se ha maximizado la cobertura a los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo. En el presente año 2007 se han realizado 36 seminarios, los que han sido impartidos a diferentes Instituciones del Poder Ejecutivo. Se capacitaron un total de 1,780 Servidores públicos de diferentes niveles jerárquicos. De igual forma se impartió una Conferencia a Nivel Universitario con el tema “Comparación del la Ética que se aplica a la Empresa Privada y la Ética aplicada al Estado” en la Universidad Autónoma de Nicaragua en el Recinto RUCFA, para los estudiantes de último año de la carrera de Administración de Empresas. La Contraloría General de la República, órgano rector del sistema de control de la Administración Pública y fiscalización de los bienes y recursos del Estado; que además de cumplir con el precepto constitucional expresado en la misión institucional, le corresponde ejercer otras atribuciones inherentes al correcto desarrollo de la función pública. La Contraloría General de la República, en materia de control y fiscalización ha logrado avances significativos, de los cuales se pueden mencionar: • En el año 2006 la Contraloría General de la República formuló su Plan Estratégico de Desarrollo Institucional (PEDI) 2006-2010, el que ha coadyuvado significativamente al alcance de los logros y cumplimiento de las metas propuestas ya que se formuló bajo un método participativo en el que todos los funcionarios establecieron de forma compartida y comprometida los objetivos estratégicos de la institución. • En materia de fiscalización, se iniciaron 257 Auditorías en 129 municipalidades y 83 instituciones del Gobierno Central, de las cuales 139 fueron finalizadas y 118 quedaron en proceso, con lo cual se logró superar el indicador proyectado en el Plan Estratégico de Desarrollo Institucional (PEDI), en más del 21%. • De las auditorías aprobadas por el Consejo Superior en el año 2006, se determinaron responsabilidades civiles y presunción de responsabilidad penal a 106 funcionarios del sector público equivalente a C$7,052,756.00 y C$55,849,271.00, respectivamente y en Responsabilidad Administrativa a 151 funcionarios. También fueron emitidos 88 Pliegos de Glosas con un monto de C$6,797,250.00, de los cuales se han confirmado 23 y los demás se encuentran en proceso de confirmación y/o desvanecimiento. • Se capacitó a 4,357 funcionarios públicos en diferentes temas relacionados con el Control de la Administración Pública y la Fiscalización de los Bienes y Recursos del Estado, sobre pasando el indicador meta en dos veces y media. • En cuanto a la adopción e implantación de las Nuevas Normas Técnicas de Control Interno en las diferentes instituciones del Sector Público, 50 de ellas presentaron certificación de ajustes en un 100% a sus Sistemas Administrativos y 166 entidades han presentado certificaciones de avance en los ajustes en un promedio de 80%, y 18 instituciones no han reportado ninguna certificación, de un total de 234 entidades del Sector Público. III. ACCESO A LA INFORMACIÓN Con el propósito de impulsar el acceso a la información pública, se aprobó el 16 de mayo del 2007 la Ley de Acceso a la Información Pública Ley 621, publicada en La Gaceta No. 118 del 22 de junio del 2007. Esto con el fin de contar con un marco regulatorio que garantice el libre acceso ciudadano a la información pública en poder del Estado, en forma veraz y oportuna, sin más restricciones que las contempladas en las Constituciones Políticas. En relación a esta ley aunque está pendiente su reglamentación, las instituciones del Estado se encuentran en proceso de implementación gradual. El Presidente de la República de Nicaragua, aprobó el Decreto No. 117-2007 sobre la entrada en vigencia de la Ley de Acceso a la información pública, estableciéndose como una prioridad del Gobierno de Unidad y Reconciliación Nacional. Se ordena a los Ministros, Presidentes y máximos titulares de todas las instituciones del Poder Ejecutivo , proceder a la integración de la Oficina de Acceso a la Información Pública en cada entidad.- Asimismo se ordena la capacitación de todos los funcionarios a cargo de dichas áreas. Se insta a todos los Poderes del Estado, Gobierno Regionales y Autónomos a integrar a la brevedad posible a las Oficinas de Acceso a la información. IV. CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General de Contrataciones del Estado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público La Dirección General de Contrataciones del Estado, Unidad Normativa del Sistema de Adquisiciones del Sector Público, ha venido desarrollando una serie de acciones y actividades encaminadas al fortalecimiento en la gestión de adquisiciones públicas, esto con el apoyo del PREFTEC (Programa de Eficiencia y Transparencia en las Compras y Contrataciones del Estado) Financiado por el BID y otros donantes. Estas acciones abordan diferentes componentes, entre los cuales están:
a. Profesionalización de las áreas de adquisiciones institucionales. Autorización de Exclusión de Procedimientos por parte de la Contraloría General de la República En materia de Contrataciones de Bienes y Servicios en el Sector Público, fueron recibidas 293 solicitudes de Exclusiones de Procedimientos Ordinarios de Contratación, de las cuales el Consejo Superior de la Contraloría General de la República, autorizó 266, siendo denegadas 27. La Asamblea Nacional aprobó la Ley de contrataciones Municipales, Ley 662 del 26 de junio de dos mil siete, publicada en la Gaceta Diario Oficial, No. 119.- El Presidente de la República aprobó el decreto de Reglamento a la Ley de Contrataciones Municipales, Ley No. 662 del 25 de Junio del año 2007. Al momento de enviar el informe, se reporta que el decreto ha sido publicado en la Gaceta Diario Oficial No. 7 del 10 de enero de 2008.- V. SERVICIO CIVIL Implementación de la Ley del Servicio Civil y de la Carrera Administrativa (Ley #476). • Implantación de los sistemas de clasificación de puestos en 34 instituciones de las 63 instituciones que están bajo la Ley #476. • Implantación del sistema de provisión de puestos y proceso de acreditación de puestos a la Carrera Administrativa. • Al concluir el I Semestre del año 2007, se han incorporado a la Carrera Administrativa un total de 7,244 servidores públicos. • Realización de seminarios sobre la Ley #476 y de los sistemas de clasificación de puestos y gestión de Recursos Humanos. • Elaboración de Plan Anual de Capacitación y Cronogramas Trimestrales. • Clausura del I Postgrado en Gerencia de Recursos Humanos en el Sector Público. VI. NORMAS DE CONDUCTA QUE REGULAN EL COMPORTAMIENTO ÉTICO
Anteproyecto de Código de Ética de Poder Judicial VII. MECANISMOS EFECTIVOS DE DENUNCIA 1. Portal de la Procuraduría General de la República para interponer Denuncias ciudadanas www.pgr.gob.ni 2. Oficina de Denuncia Ciudadana en la Procuraduría General de la República. 3. Dirección de Denuncia Ciudadana en la Contraloría General de la República. Como política para ampliar el control posterior, la Contraloría General de la República ha promovido el control social de la gestión pública por medio de la denuncia ciudadana. En este contexto se recibieron en el año 2006, 153 denuncias ciudadanas, las que fueron procesadas y tramitadas en su totalidad. VIII. NORMAS SOBRE OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR Y PROTECCIÓN DE TESTIGOS 1. El Artículo 223 Primer párrafo y numeral 1 del Código Procesal Penal establece la obligación de denunciar los delitos de acción pública: “Tendrán obligación de denunciar los delitos de acción pública: Los funcionarios o empleados públicos que los conozcan en el ejercicio de sus funciones”.- 2. La Ley 438 “Ley de probidad de los funcionarios públicos, establece en el capítulo II Del ejercicio de la función pública, en el artículo 7, inciso h) De los deberes de los servidores públicos. “Poner en conocimiento ante su superior o autoridad correspondiente los actos que puedan causar perjuicio al Estado y que conozca por la naturaleza de las funciones que desempeña”. 3. Código procesal Penal Artículo 195 establece la Protección de la prueba. La autoridad correspondiente deberá adoptar las medidas necesarias de protección de testigos, peritos y demás elementos de convicción cuando sea necesario. 4. Negociación de un Convenio Centroamericano para la protección de víctimas, testigos, peritos y demás sujetos que intervienen en la investigación y en el proceso penal, particularmente en la narcoactividad y delincuencia organizada ”
La Asamblea Nacional aprobó el 13 de noviembre de dos mil siete un Nuevo Código Penal el cual incluyó la tipificación del aprovechamiento doloso de conformidad con el párrafo d del artículo VI. 1 de la Convención Interamericana contra la corrupción.- La publicación de la Ley 641, dio inicio con la publicación en la Gaceta Diario Oficial No. 232 del 3 de diciembre del año 2007 y se espera que concluya en breve. |