Procuraduría Nacional de la Propiedad
De conformidad a la Ley Nº 411 “Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República” y su Reglamento, la Procuraduría Nacional de la Propiedad tiene a su cargo la representación del Estado en los asuntos de propiedad, ejerce las acciones que correspondan en esa materia, tanto en la vía judicial como administrativa, cuando considere lesionados los bienes o patrimonio del Estado en materia de propiedad, los derechos de los verdaderos beneficiarios de las leyes sociales, ejerciendo acción directa o como tercero opositor; brindando solución en aquellos reclamos de propiedad que se le sometan en el marco de la Ley.
Dirigir, coordinar y supervisar, en representación del Estado, los procesos judiciales en materia de propiedad, la búsqueda de soluciones en la vía administrativa, mediante la eficiente y oportuna actuación en los diferentes conflictos de propiedad, a través de las distintas instancias que la conforman, ya sea por afectación, asignación o transferencia de bienes inmuebles, al amparo de las Leyes Nº 85, 86, 88, Ley Nº 278 y otros, contribuyendo de esta manera con la tutela jurídica del derecho de propiedad, seguridad jurídica de los legítimos beneficiarios de las leyes sociales; y haciendo justicia en aquellos casos de personas naturales o jurídicas que hayan sido afectados sus derechos con un fin social.
Garantizar institucionalmente el derecho de Propiedad mediante los distintos procedimientos establecidos por la Ley, en materia judicial y administrativa; a través de los diferentes componentes de la Procuraduría Nacional de la Propiedad; así mismo, contribuir con nuestro actuar, en el fortalecimiento de la institución, actuando de manera transparente y creíble a los efectos de brindar una respuesta a nuestra población.